Redacción Emisario

La Ciudad de México publicó una reforma a la Ley de Establecimientos Mercantiles que obliga a los negocios a permitir el acceso de perros de asistencia, además de prohibir que se impongan condiciones o cobros adicionales por la entrada o permanencia de estos animales.

La modificación establece que los establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal deberán garantizar el ingreso de perros de asistencia, siempre que acompañen a la persona a la que brindan apoyo. La medida contempla ejemplares utilizados para movilidad, orientación, auxilio o la realización de actividades esenciales.

La reforma señala que los animales de asistencia y de compañía podrán tener restricciones únicamente en áreas donde existan disposiciones sanitarias, de protección civil o condiciones que representen un riesgo para la seguridad de las personas o de los propios animales. En el caso de los perros de asistencia, esas limitaciones no aplicarán cuando la persona usuaria requiera del ejemplar y no pueda recibir apoyo individual de un familiar o persona de confianza.

Los establecimientos tendrán un plazo de 180 días hábiles para realizar las adecuaciones necesarias para cumplir con la nueva disposición, que entrará en vigor a partir del 24 de julio.

Por emisario