Redacción Emisario

La popular planta pata de elefante (Beaucarnea recurvata), presente en miles de hogares mexicanos como ornamento, está protegida por la legislación ambiental, por lo que su posesión, venta o extracción sin poder acreditar su origen legal puede derivar en multas de hasta 5.6 millones de pesos, además de otras sanciones.

De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), las sanciones para quienes incurran en la posesión o comercialización ilegal de esta especie pueden ir de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), monto que equivale a aproximadamente 5.6 millones de pesos. En casos relacionados con el tráfico o extracción ilegal, también podrían imponerse penas de prisión.

La pata de elefante se encuentra protegida por la NOM-059-SEMARNAT, debido a que sus poblaciones silvestres han disminuido por la extracción ilegal y la pérdida de su hábitat natural.

Las autoridades ambientales aclaran que no es ilegal tener esta planta, siempre y cuando haya sido adquirida de manera legal y el propietario pueda comprobar su procedencia mediante una factura, certificado o documentación emitida por un vivero autorizado.

Ante ello, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) recomienda comprar esta especie únicamente en establecimientos autorizados y conservar los documentos que acrediten su origen. En caso de desconocer la procedencia de una planta, es posible acudir a la dependencia para recibir orientación y evitar posibles sanciones.

Por emisario